Pareja estafaba con venta de puestos de trabajo en Tungurahua

martes, Oct 25

Una pareja que ofrecía puestos de trabajo en Tungurahua fue sentenciada a cinco años de prisión. La Fiscalía informó que Juan Pablo V. S. y Verónica Alegría C. M. solicitaron dinero a las víctimas para laborar en una empresa.

La Fiscalía informó que los ahora sentenciados causaron un perjuicio de USD 12 000 a sus víctimas, a quienes les ofrecieron puestos de trabajo a cambio de la entrega del dinero en efectivo.

El fallo incluye una multa y una reparación integral de USD 8 000 a favor de los agraviados.

En la audiencia de juicio, el fiscal de Patrimonio Ciudadano, Raúl Recalde, relató que los hechos ocurrieron en febrero de 2020, cuando los ya sentenciados ofrecieron a sus víctimas la posibilidad de trabajar en una empresa, aduciendo relaciones muy estrechas con la gerencia de dicha institución.

Sin embargo, para entrar a la empresa, Juan Pablo V. S. y Verónica Alegría C. M. les solicitaron sus hojas de vida y la cantidad de USD 12 000; USD 6 000 por un puesto de jefe de choferes, con un sueldo de USD 2 000, y USD 6 000 para asistente de personal, con un sueldo de USD 2 500 al mes.

Las víctimas entregaron lo solicitado y en junio de 2020, los sentenciados solicitaron USD 1 500 más para que los trámites avanzaran con celeridad, pero bloquearon a las víctimas y dejaron de responder sus llamadas.

Fiscalía demostró el delito y la responsabilidad de los sentenciados con pruebas como: testimonios, certificados bancarios de transferencias, certificados de crédito de las víctimas, el reporte telefónico que determinó que se mantuvieron conversaciones, la explotación de los teléfonos celulares de las víctimas, en la que se registran como contactos a los hoy sentenciados, entre otros.

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

«La persona que, para obtener un beneficio patrimonial para sí misma o para una tercera persona, mediante la simulación de hechos falsos o la deformación u ocultamiento de hechos verdaderos, induzca a error a otra, con el fin de que realice un acto que perjudique su patrimonio o el de una tercera, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años».