¿Cuándo se posesionan los nuevos alcaldes en Ecuador?

viernes, May 12

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha ratificado que la posesión de las autoridades seccionales tendrá lugar este domingo 14 de mayo del 2023, fecha que coincide con la celebración popular del Día de la Madre.

En esta fecha por provincia se posesionarán un alcalde, un prefecto, los concejales y los presidentes de las juntas parroquiales. Así mismo a escala nacional se posesionarán los integrantes del Cpccs.

Las personas elegidas tendrán sus cargos durante cuatro años más, hasta el siguiente proceso de elecciones.

Posesión del alcalde de Quito
El municipio de Quito confirmó que el domingo se desarrollarán dos actividades. La entrega del Bastón de mando se realizará a las 16:00, en la Sala de sesiones del Consejo Metropolitano.

En cambio, el acto de posesión oficial de Pabel Muñóz será a las 17:00 en el Teatro Nacional Sucre. Las actividades también serán transmitidas por las redes oficiales de la Alcaldía.

Posesión del alcalde de Guayaquil y de Cuenca
La investidura del nuevo alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, será el domingo 14 de mayo en el Palacio de Cristal.

Mientras en Cuenca, la posesión del alcalde Cristian Zamora será a las 16:00 en el Salón de la Ciudad, ubicado en el centro de la ciudad.

Funciones de los alcaldes
Las funciones y atribuciones de un alcalde están establecidas en el Código Orgánico de organización territorial (Cootad). Según ese Código, algunas de las principales funciones son:

Ser el representante legal del gobierno autónomo descentralizado municipal que preside.
Ejercer la facultad ejecutiva del GAD municipal de forma exclusiva, es decir sin tener ningún otro cargo.
Convocar y presidir las sesiones del Concejo Municipal. (Antes de estas sesiones, el alcalde o alcaldesa debe además proponer el orden del día).
Presentar proyectos de ordenanzas municipales al Concejo.
Presentar proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman impuestos dentro del territorio del GAD municipal.
Diseñar un plan operativo anual y su proforma presupuestaria institucional correspondiente. (El presupuesto, aunque propuesto por el alcalde, debe ser aprobado por el Concejo Municipal).
Definir un modelo de gestión administrativa mediante el cual se debe ejecutar el plan cantonal de desarrollo, los planes de urbanismo y las obras públicas.
Expedir la estructura del gobierno autónomo descentralizado municipal.
Nombrar y remover a los funcionarios de los diferentes departamentos o secretarías del GAD municipal.
Sugerir la conformación de comisiones temporales para el funcionamiento del gobierno municipal.

  1. Designar a representantes del Municipio en las instituciones donde el gobierno municipal participa y necesita representación. 
  2. Delegar atribuciones y obligaciones al vicealcalde o vicealcaldesa, concejalas, concejales y funcionarios, además de los que ya están establecidos en la Ley. 
  3. Suscribir contratos, convenios e instrumentos que involucren al GAD. 
  4. La aprobación de los traspasos de partidas presupuestarias. 
  5. Dictar medidas de carácter urgente y transitorio en caso de una emergencia grave, y dar cuenta de ellas al Concejo. 
  6. Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad, y otras organizaciones, la formulación y ejecución de políticas y planes locales sobre prevención, protección y seguridad ciudadana.
  7. Suscribir las actas de las sesiones del concejo metropolitano. 
  8. Dirigir y supervisar las actividades de la municipalidad.
  9. Presentar al concejo y a los ciudadanos un informe anual escrito en el que rinda cuentas de su gestión. El informe debe incluir:  el estado de los servicios y obras públicas que se han hecho, los procedimientos que se usaron en su ejecución, y los costos.  
  10. Organizar a los Agentes de Control Municipal.