Tras la muerte cruzada, la Corte Constitucional ‘reemplaza’ a la Asamblea

miércoles, May 17

Guillermo Lasso ya firmó su primer decreto, para promulgar la Reforma Tributaria, luego de declarar la muerte cruzada y disolver la Asamblea Nacional. Ahora queda en manos de la Corte Constitucional, organismo que ‘reemplaza’ al Parlamento hasta que se posesione la nueva legislatura.

El artículo 148 de la Constitución establece que el Presidente que active la muerte cruzada deberá legislar junto con la Corte Constitucional, una vez que el Primer Mandatario ha reducido su período para el que fue elegido.

“Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo”, dice el inciso 3 del artículo 148, con lo que la CC debe colegiar en este tiempo especial.

El analista político Francisco Montahuano cree que el papel de la Corte Constitucional debe ser de contrapeso frente al Ejecutivo. Una vez que con la muerte cruzada no hay Asamblea Nacional.

“Veo el papel de la Corte Constitucional como el de un contrapeso en la democracia ecuatoriana, ya que con la disolución de la Asamblea, la Corte tendrá que vigilar los procesos y propuestas. Es un rol nunca antes dispuesto en el país y por eso tiene una gran importancia”, dijo Montahuano.

Sin embargo, Montahuao cree que hay un vacío legal sobre las actuaciones del Ejecutivo, ya que el artículo 148 de la Constitución solo prevé colegislación de la CC en temas de leyes económico urgentes, como la que envió esta mañana el Presidente Lasso para una Reforma Tributaria.

El ministro de Gobierno, Henry Cucalón, preguntado por el EL COMERCIO, dijo en un encuentro con la prensa que “carta blanca en la democracia no la tiene nadie, todo el mundo está sujeto al ordenamiento jurídico. Y como lo dije antes, la Constitución en ese artículo 148 señala que los decretos leyes solo son (revisados por la CC) en materia económica. Los decretos regulares no tienen esa condición de dictamen de la Corte”.

“En ese sentido hay un vacío legal, habrá que ver cómo actúa la Corte Constitucional. La clave es que la Corte garantice que las actuaciones del Ejecutivo estén dentro del marco constitucional, y que esto no desemboque en un exceso de poder del Gobierno central”, agregó Montahuano.

Este Diario pidió una vocería a la Corte Constitucional para hablar sobre los tiempos que aplicará para colegislar con el Ejecutivo. Sin embargo, no hubo una respuesta de esa institución.