¿Qué tarea realizará la veeduría que conformará el Cpccs por los decretos-ley de Guillermo Lasso?

lunes, May 29

El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) aprobó el 24 de mayo una resolución para conformar una veeduría ciudadana. Su objetivo será el de “vigilar los decretos-ley emitidos por el presidente Guillermo Lasso”.

La resolución fue aprobada por iniciativa propia del Pleno. La veeduría tendrá ámbito nacional y su plazo de vigencia será el tiempo que resta del periodo presidencial durante el que se expidan los decretos-ley, hasta que se posesione el nuevo presidente de la República tras las elecciones anticipadas.

Una veeduría debe contar con mínimo tres veedores ciudadanos. Además, la resolución dispone que la veeduría cuente con dos abogados expertos en Derecho Tributario y/o Laboral, y con dos economistas, en virtud del análisis técnico a la normativa que se vigilará.

La veeduría debe presentar informes parciales en el término de 10 días hábiles posteriores a la publicación en el Registro Oficial de cada decreto-ley y un informe final.

Lasso firmó el 17 de mayo su primer Decreto-ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar (reforma tributaria). El 24 suscribió el Decreto-ley de Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo (Zonas Francas). Los decretos-ley deben pasar el filtro de la Corte Constitucional y obtener el dictamen favorable para que entren en vigencia con la publicación en el Registro Oficial. La Corte aún no se ha pronunciado.

La convocatoria para conformar la veeduría se hará por dos ocasiones, en el término de 10 días hábiles, a partir de la aprobación de la resolución. Hasta este 29 de mayo, el Cpccs aún no realiza la convocatoria a la ciudadanía.

Las veedurías constituyen mecanismos de control social que permiten a los ciudadanos realizar el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, previo, durante o posterior a su ejecución. Con el fin de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público, según el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas.

Una veeduría tiene ocho atribuciones, según el artículo 14 de dicho Reglamento. Entre ellas, la de fiscalizar la ejecución de planes, programas, proyectos, obras o servicios públicos, así como las actuaciones de los servidores públicos o empleados o trabajadores privados que presten servicios públicos.

También el compete vigilar el ciclo de la gestión pública, con énfasis en los procesos de planificación, presupuesto y ejecución del gasto público. Además, puede observar, controlar y fiscalizar procesos de adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios públicos materia de la veeduría, en cuanto a los impactos sociales o ambientales y su afectación a la calidad de vida de personas y comunidades.

Asimismo, puede conocer los procesos que correspondan, antes, durante y después de la ordenación de gastos en el programa, plan, proceso, proyecto o contrato objeto de la veeduría.

El Reglamento establece que el Pleno emitirá su resolución frente a las conclusiones y recomendaciones de los informes de la veeduría. Si en dichos informes observa posibles actos de corrupción o vulneración de derechos de participación, el Pleno remitirá a la Secretaría Técnica de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, para que proceda con la investigación respectiva de acuerdo al Reglamento de gestión de pedidos y denuncias sobre actos u omisiones que afecten la participación o generen corrupción.

El consejero Augusto Verduga argumentó en la sesión que los decretos-ley deben apegarse a dos condiciones con base al artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, ser de materia económica urgente y enfrentar situaciones adversas.

El presidente del Cpccs, Alemebert Vera, defendió que se trata de una fiscalización social y no una arrogación de funciones.

El ministro de Gobierno, Henry Cucalón, minimizó el rol de la veeduría: “Ninguno sale de ningún barrio, aquí los ponen los dueños de los partidos políticos. Digamos las cosas de frente, son politiqueros disfrazados de representantes ciudadanos”.

Refirió que el Cpccs puede armar veedurías para hacer seguimientos a instituciones gubernamentales, pero “no tiene un efecto vinculante”.

Janeth Guerrero fue coordinadora de la veeduría que vigiló el concurso para la renovación parcial de jueces de la Corte Constitucional, en el 2022. Comentó que la actividad fue interesante, la veeduría presentó su informe final pero no fueron llamados a exponerlo.