SRI incautó 33 autos valorados en USD 666.180

martes, May 28

El Servicio de Rentas Internas (SRI) incautó 33 autos valorados en USD 666.180 tras 15 intervenciones realizadas en patios de autos de varias ciudades el país.

La incautación provisional se dio «por no presentar comprobantes de venta o documentos de respaldo que acrediten la propiedad, adquisición y/o tenencia de los mismos» indicó el SRI en un comunicado.

Según el director general de la entidad, Damián Larco, el control de mercancías en los patios de autos (y en todas las actividades económicas en general) busca transparentar las transacciones realizadas y que la comercialización, almacenamiento o transporte de mercancías cuenten con el debido sustento documental que acredite la tenencia de estas.

Los operativos se cumplieron en Ambato, Cuenca, Guayaquil, Ibarra, Loja, Machala, Manta, Santa Elena y Quito.

En el texto, el SRI aclara que los contribuyentes tienen 30 días para solicitar la devolución de los vehículos incautados. Para ello deben acreditar ante la autoridad administrativa competente su derecho de propiedad o posesión con los documentos que respalden su legitima tenencia y comercialización.

Para tener en cuenta:

Las operaciones de compraventa de vehículos automotores usados deberán estar sustentadas con:

– El contrato de compraventa suscrito

– Comprobante de pago del impuesto a la transferencia de vehículos 1%

– Matrícula

Recuerde:

– Si el vendedor realiza transferencias habituales de vehículos debe emitir la factura.

– Si el comprador realiza adquisiciones de vehículos usados a personas que ocasionalmente realizan transferencias de este tipo de bienes, el vendedor debe emitir a estas personas la liquidación de compra de vehículo usado autorizada por el SRI.

Por su parte, las actividades de intermediación de compraventa de vehículos automotores usados deberán estar sustentadas con los siguientes documentos:

– Acta de entrega – recepción de vehículos usados (si el vehículo automotor se encuentra en posesión del patio de autos)

– Contrato de prestación de servicios suscrito por las partes intervinientes

– Matrícula

– Cumplimiento de las obligaciones administrativas y tributarias

En estas actividades de intermediación se debe emitir la factura correspondiente por la comisión fija o porcentual recibida, incluyendo y desagregando el valor del IVA calculado sobre el monto de comisión.