El impuesto a operadores de pronósticos deportivos regirá desde el lunes, 1 de julio

viernes, Jun 28

Desde el 1 de julio de 2024 aplicará el Impuesto a la Renta Único para los Operadores de Pronósticos Deportivos en Ecuador. La medida responde al Decreto-Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, vigente desde su publicación en el Registro Oficial, el 20 de junio de 2023.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó que este tributo grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en el país. Los operadores pueden restar de esos ingresos los premios pagados sobre los que efectuaron la respectiva retención en la fuente.

Los premios de los jugadores también deben pagar impuestos

El SRI señaló que los premios de los jugadores también están gravados con el 15 % del impuesto a la renta. Este monto será retenido y pagado al fisco por parte de los operadores de pronósticos deportivos, no por los jugadores, quienes recibirán el premio con el respectivo descuento.

El reglamento de este régimen tributario regulará los mecanismos para declarar, liquidar y pagar este impuesto y establecerá las obligaciones tributarias que se deben cumplir.