El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo No. 311, con el que renueva por 30 días adicionales la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, además de los cantones La Maná (Cotopaxi) y Las Naves y Echeandía (Bolívar), en los mismos términos establecidos en el Decreto 277 del 31 de diciembre de 2025.
La disposición señala que, conforme a lo expuesto en el documento, las medidas guardan relación directa con los hechos que motivan la declaratoria y se consideran necesarias para enfrentar la dinámica de violencia y criminalidad organizada en los territorios focalizados. En ese marco, el decreto dispone que la aplicación de las medidas relacionadas con la inviolabilidad de domicilio y la inviolabilidad de correspondencia se ejecute con las precisiones y limitaciones previstas y en estricta observancia de los parámetros fijados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
En las disposiciones generales, el decreto encarga la ejecución al Ministerio de Defensa, al Ministerio del Interior, a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas, en coordinación con las entidades competentes. También ordena notificar a la ciudadanía sobre la suspensión temporal de los derechos señalados y comunicar el decreto a la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional, la ONU y la OEA.
El documento añade que la Secretaría General Jurídica de la Presidencia deberá remitir a la Corte Constitucional informes reservados de inteligencia para el trámite de control de constitucionalidad, con acceso restringido por la naturaleza de la información. El decreto entra en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, y fue suscrito este 28 de febrero de 2026.

